Ley 3206 que Regula el Ejercicio de la Enfermería en el Paraguay Parte II

(*) Por Dr. Jorge Luis Berni y Dr. Rosini
jlbernis@yahoo.com.ar

Alcances, obligaciones y beneficios de la normativa, en detalle en esta ocasión Articulo N° 4

Art.4: Artículo 4° Son principios generales de la práctica profesional de enfermería, los principios y Valores fundamentales que la Constitución Nacional consagra y aquellos que orientan el sistema de salud y seguridad social para los paraguayos.

Los principios específicos de la práctica de enfermería son los siguientes:

  1. a) Integralidad. Orienta el proceso de cuidado de enfermería a la persona, familia y comunidad con una visión unitaria para atender sus dimensiones físicas, sociales, mentales y espirituales.
  2. b) Individualidad. Asegura un cuidado de enfermería que tiene en cuenta las características socioculturales, históricas y los valores de la persona, familia y comunidad que atiende. Permite comprender el entorno y las necesidades individuales para brindar un cuidado de enfermería humanizado, con el respeto debido a la diversidad cultural y la dignidad de la persona sin ningún tipo de discriminación.
  3. c) Dialoguicidad. Fundamenta la interrelación enfermera-paciente, familia, comunidad, elemento esencial del proceso del cuidado de enfermería que asegura una comunicación efectiva, respetuosa, basada en relaciones interpersonales simétricas, conducentes al diálogo participativo en el cual la persona, la familia y la comunidad expresan con libertad y confianza sus necesidades y expectativas de cuidado.
  4. d) Calidad. Orienta el cuidado de enfermería para prestar una ayuda eficiente y efectiva a la persona, familia y comunidad, fundamentada en los valores y estándares técnico-científicos, sociales, humanos y éticos.
  5. e) Continuidad. Orienta las dinámicas de organización del trabajo de enfermería para asegurar que se den los cuidados a la persona, familia y comunidad sin interrupción temporal, durante todas las etapas y los procesos de la vida, en los períodos de salud y de enfermedad.
  6. f) Se complementa con el principio de oportunidad que asegura que los cuidados de enfermería se den cuando las personas, la familia y las comunidades lo solicitan, o cuando lo necesitan, para mantener la salud, prevenir las enfermedades o complicaciones.

Análisis:

Integralidad: Atender la dolencia en aspecto físico mental, social y espiritual.

Individualidad: Atender a cada uno de acuerdo a su cultura hispana-guaraní-chaqueña; no discriminar, tomando en cuenta sus valores socioculturales, de persona, familia, comunidad.

Dialoguicidad: En el contacto enfermera paciente, tener comunicación efectiva, español, guaraní, lengua aborigen del chaco, etc. Con respeto a la libertad y confianza del paciente, si quiere o no vacunarse, tratarse, cumplir dieta, etc.

Calidad: Buen servicio para lograr salvar vidas, mejorar la salud respetando los valores científicos y sociales.

Continuidad: Tarea de enfermería sin interrupción temporal, o sea, en horario adecuado al paciente.

Oportunidad: Que el servicio de enfermería sea cuando lo solicita o cuando lo necesita el paciente.

 

 

10 comentarios en “Ley 3206 que Regula el Ejercicio de la Enfermería en el Paraguay Parte II”

  1. Pingback: what is cryptocurrency

  2. Pingback: Here you will find the Best undress.ai for clothing removal

  3. Pingback: คาเฟ่ ชลบุรี

  4. This design is steller! You obviously know how to keep a reader
    entertained. Between your wit and your videos, I was almost moved to start my own blog
    (well, almost…HaHa!) Wonderful job. I really loved what you had to say, and more than that, how you presented it.
    Too cool!

    Feel free to surf to my web-site; vpn special

  5. Pingback: Latvia Hotel

  6. Pingback: buy weed online in Europe

  7. Pingback: ลวดสลิง

  8. Pingback: Angthong National Marine Park

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *